
El 27 de mayo del 2025 el Congreso del Perú promulgó, por insistencia, la ley 32351 que obliga a los medios de comunicación escritos, televisivos, radiales y de cualquier otra índole, públicos o privados, a conceder una franja educativa del 10% de su programación, a las instituciones públicas que pertenecen a un sistema destinado a combatir la violencia contra las mujeres y grupos familiares.
Pertenecen a este sistema unas 10 organizaciones, la mayoría ministerios con presupuesto para difusión y campañas.
Como es público, los medios son los primeros en informar acerca de situaciones de violencia familiar y de agresiones contra las mujeres, así como feminicidios. En varios casos investigando por delante del Estado.
EL IPYS se opone a una medida que en el fondo está orientada a que los organismos públicos disfruten de propaganda gratuita en los medios de comunicación, bajo la cobertura de servicio público. Además, los medios pueden ser obligados a difundir contenidos contra los que discrepan editorialmente.
La apropiación por el Estado del 10% de la franja de programación para contenidos públicos que pueden y deben ser difundidos por los recursos que las instituciones correspondientes tienen a su alcance, atenta contra la libertad de expresión y la economía de los medios.
Por otra parte, es un concepto que puede ser ampliado arbitrariamente, pues, así como la violencia contra las familias, hay otro tipo de violencias y males que deben ser prevenidos y castigados (como los que provienen del autoritarismo y la intolerancia), y que requerirían franjas adicionales según nuevos pareceres.