La Asociación Nacional de la Prensa de Bolivia (ANP) que agrupa a los principales diarios y una agencia de noticias se declara en alerta frente al artículo 200 del proyecto del Código del Sistema Penal analizado por la Asamblea Legislativa Plurinacional que, en caso de aplicarse a los periodistas y comunicadores, vulneraría los principios constitucionales y la Ley de Imprenta que protegen el ejercicio del periodismo.
La sanción proyectada por “imprudencia, negligencia, impericia, inobservancia de los protocolos, reglamentos o los deberes inherentes al ejercicio” de una profesión tendría consecuencias funestas en el campo periodístico donde se impondría la autocensura, mientras todos los ciudadanos de Bolivia estarían sujetos a una censura previa en la difusión de ideas y opiniones.
El proyecto representa un retroceso histórico que sancionaría al pensamiento renovador y el avance de la propia ciencia.
La difusión de noticias y opiniones a través de medios masivos no puede ser penalizada con sanciones económicas, administrativas o con privación de libertad porque quebrantaría el Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 que otorga a todo individuo el “derecho a la libertad de opinión y de expresión”. Este principio aboga también por el derecho a discrepar con los gobernantes.
En enero de 2009, una mayoría de ciudadanos aprobó la nueva Constitución Política del Estado (CPE) que en su Artículo 106 “garantiza a las bolivianas y los bolivianos el derecho a la libertad de expresión, de opinión y de información, a la rectificación y a la réplica, y el derecho a emitir libremente las ideas por cualquier medio de difusión, sin censura previa”.
Los periodistas no pueden ser juzgados por un tribunal ordinario y deben acogerse a un Tribunal Especial comprendido en la Ley de Imprenta ampliamente reconocida por la Constitución en el Artículo 107 que admite la vigencia de “normas de ética y de autorregulación de las organizaciones de periodistas y medios de comunicación y su ley (Ley de Imprenta)”.
Por tanto, la ANP recuerda a los legisladores un principio elemental en la aplicación de normas: La Constitución está en un rango superior al Código Penal que proyectan.
La ANP denunciará este nuevo atropello al trabajo periodístico ante instancias internacionales y se mantendrá vigilante por la preservación de la Constitución, la Ley de Imprenta y el Artículo 296 que protege “la libre emisión del pensamiento por cualquier medio de difusión”.