El 6 de octubre de 2022, el noticiero “La Encerrona” publicó la investigación del periodista Ernesto Cabral que revela el plan Guacamaya, un hackeo masivo a más de 200 mil correos electrónicos al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú. La filtración, llamada Guacamaya Leaks, contempla el hackeo a Fuerzas Armadas de varios países de América Latina.
“La Encerrona” accedió a un informe de inteligencia que contiene información del Comando Operacional del Sur del Ejército, que hace una evaluación de diferentes amenazas en regiones del sur.
Como parte de su trabajo periodístico, Cabral se comunicó con el coronel José Lette Seminario, jefe del Departamento de Relaciones Públicas, Ceremonial y Protocolo de la Oficina de Informaciones del Ejército, para pedir su versión del contenido de las filtraciones.
En una posterior conversación telefónica que fue grabada, Lette Seminario repitió varias veces que el periodista debe de tener cuidado de revelar información que contiene planes de inteligencia considerados de seguridad nacional. En otro momento le dijo que dicha información no la puede tener nadie, advirtiéndole que podría terminar involucrado en “algún problema”. También le señaló que divulgar este tipo de información es cometer el delito de traición a la patria.
En opinión del abogado Roberto Pereira, experto asesor jurídico del IPYS en temas de libertad de expresión y acceso a la información, la declaración del coronel del Ejército es un intento desesperado de amedrentamiento contra el periodista y el medio de comunicación, ante la inminencia de la publicación de dicha información. “La respuesta del oficial es hepática y emotiva, entendible viniendo de un militar que ve de pronto revelada información de su institución, pero que desde el punto de vista legal no tiene ningún asidero. Es una declaración para intentar amedrentar al medio de comunicación ante la inminencia de la publicación”.
“Desde el caso emblemático de los papeles del Pentágono, que fue llevado hasta la Corte Suprema de los Estados Unidos, ha quedado claramente establecido en la doctrina y la jurisprudencia que si existe interés público en una información y el periodista no ha participado de un acto ilícito en su obtención sino que le ha llegado por una fuente que es responsable de la filtración, en la medida en no haya in riesgo inminente y grave para el derecho de las personas, esa publicación está amparada por el interés público. Incluso hay un sector que piensa que también hay amparo si es que existiese algún riesgo para el Estado o la seguridad nacional y ese riesgo termina siendo relevante para el interés público”, explica Pereira y añade: “No puede tener cobertura tampoco por el secreto de Estado actos que son ilegales como persecución de periodistas, espionaje indebido, corrupción, etc. Está claro ya en el mundo que el medio que difunde información de interés público no tiene responsabilidad. Eso es precisamente el corazón de la libertad de expresión, lo que la protege”.